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Los brotes de legionelosis sucedidos en los últimos años, que llevaron a la urgente aprobación del R.D. 909/2001 y posteriormente del R.D. 865/2003, fueron ampliamente difundidos por los medios de comunicación, creando cierto alarmismo en la población y el desconcierto en algunas administraciones.
Estas circunstancias provocaron una fuerte demanda de los servicios de prevención y control de Legionella, especialmente por parte del sector hostelero, que se ve seriamente afectado por la normativa y la presión que sobre él ejercen los Tour Operadores extranjeros, auténticos propietarios de los paquetes turísticos.
Desde la aprobación de la Orden 1187/98 por la Comunidad de Madrid, nuestra firma viene desarrollando Programas de Prevención y Control de legionelosis en esta Comunidad, y desde el año 2.000, debido a la progresiva demanda de estos servicios, ha ampliado su ámbito de actuación a nivel nacional.
La experiencia de nuestra firma en el mantenimiento sanitario de este tipo de instalaciones desde 1998 le garantiza el diseño, implantación y eficacia de un Programa a Medida de sus instalaciones.
El R.D. 865/2.003 sobre Prevención y Control de Legionelosis, que se entrelaza con el no menos importante R.D. 140/2.003 sobre Control de Calidad de Aguas de Consumo Humano, establece unos criterios higiénico-sanitarios que exigen la implantación de un Programa de Control de Legionella en instalaciones de riesgo como torres de enfriamiento, condensadores evaporativos, agua fría y caliente sanitaria, fuentes ornamentales, humidificadores, etc. con el objeto de que estos sistemas no supongan un riesgo para la Salud Pública y Laboral.
Así mismo el nuevo R.D. 1027/2007 Reglamento de Instalaciones Térmicas en edificios (RITE) por el que se regulan las exigencias de eficiencia energética y seguridad que deben cumplir los sistemas de Climatización, Calefacción y Agua Caliente Sanitaria.
(A.C.S.) en los edificios, potenciando a la vez una mayor utilización de la energía Solar Térmica, especialmente en la producción de A.C.S. y el Código Técnico de Edificación C.T.E. R.D.314/2006 que da cumplimiento a los requisitos básicos de la edificación con el fin de garantizar el bienestar de las personas, la seguridad, sostenibilidad y el medio ambiente.
En el marco de este R.D. 865/2003
PREVESAN lleva a cabo la implantación del Programa de Prevención y Control de Legionelosis que incluye los siguientes servicios:
Inspección de las instalaciones. Análisis de riesgos. Realización de informe técnico, incluyendo recomendaciones y mejoras oportunas.
Protocolos de actuación según R.D. 865/2003. Mantenimiento sanitario de la instalación. Tratamientos de control de la calidad fisico-química y microbiológica del agua.
Tratamientos de limpieza y desinfección de las instalaciones y sistemas.
Instalación de equipos de dosificación(en su caso).
Programa de controles analíticos del agua. Determinaciones fisico-químicas, recuento de aerobios y Legionella. Informe de resultados.
Creación Libro de Registro de operaciones y mantenimiento sanitario de la instalación a disposición de la Autoridad Sanitaria.
Asesoramiento técnico y legal sobre el mantenimiento y mejoras de la instalación y normativas de obligado cumplimiento por el titular.
Orientación y resolución de trámites ante la Administración y/o Autoridad Sanitaria correspondiente.